El arraigo es una autorización que permite a las personas extranjeras regularizar su situación migratoria en España. Hasta ahora, existían tres tipos de arraigo: laboral, social y familiar. El arraigo de formación es una nueva modalidad que se introdujo en 2022.
Arraigo laboral
El arraigo laboral se concede a las personas extranjeras que hayan permanecido en España durante al menos dos años y puedan demostrar una relación laboral de más de seis meses.
Arraigo social
El arraigo social se concede a las personas extranjeras que hayan permanecido en España durante al menos tres años consecutivos, cuenten con un contrato de trabajo y puedan acreditar vínculos con familiares residentes o un informe de inserción social.
Arraigo familiar
El arraigo familiar se concede a las personas extranjeras que sean hijos de padre o madre de origen español, o si son padre o madre de un menor de edad con nacionalidad española.
Arraigo de formación
El arraigo de formación se concede a las personas extranjeras que hayan permanecido en España durante al menos dos años y se comprometan a realizar una formación presencial orientada al empleo.
Para solicitar cualquiera de los tipos de arraigo, las personas extranjeras deberán cumplir con requisitos adicionales, como carecer de antecedentes penales en España y en su país de origen o residencia previa.